En escultura, los etruscos ejercieron, bajo la República, un papel preponderante. Eran habilísimos fundidores, y, aunque los modelos fueron muchas veces griegos, su intervención fue ya etrusca, latina y romana. La famosa Loba en bronce del Capitolio, que se ha considerado siempre como el paladión de Roma, debió de ser encargada por los romanos a los fundidores etruscos en días muy remotos, cuando todavía eran en arte clientes de sus vecinos.
En realidad, es posible fijar dos series de retratos de bronce que datan de la época de la República. En la primera figurarán obras que, como el seudo-Bruto, son etruscas, si no por su inspiración, por su factura; en la segunda serie esta nota etrusca es ya muy menguada, y va afirmándose lo típicamente romano, aunque quede todavía la técnica etrusca de los fundidores.
Estos continuaron manteniendo en Roma una colonia importante, que perduró hasta la época de Augusto. Tenían su barrio propio en la urbe: el vicus Tuscus (o «barrio toscano»), situado al pie del Capitolio.
Es casi seguro que estos retratos de personajes anónimos o mal identificados sean de los grandes hombres de la última época de la República. En la Roma primitiva parece que hubo una ley -el jus imaginum– que prohibía los retratos de personas que no hubieran ejercido los importantes cargos de cónsul, tribuno o pretor, que tenían derecho a silla curul.
En la Grecia de los primeros siglos después de la invasión de los dorios sólo tenían derecho a la estatua los personajes heroizados. En Roma, el derecho a la efigie se obtenía por servir al Estado, y viceversa, la traición revocaba el privilegio.
Así, las estatuas de Mario fueron destruidas por Sila, quien creyó que su predecesor había usurpado poderes, pero fueron después repuestas por César, que era pariente de Mario. Las estatuas de César fueron derribadas por los republicanos y repuestas por Augusto… Más tarde las de Domiciano fueron decapitadas por Nerva, e igualmente las de Geta por su hermano Caracalla.
El jus imaginum debió de ser mantenido con todo su vigor sólo en los primeros siglos de la República, mas por las mismas razones que no se mantuvo estrictamente en Grecia, también en Roma se violó desde muy antiguo.
La base ideológica de las prohibiciones, tanto en Grecia cuanto en Roma, es naturalmente la creencia del maleficio que puede producir un retrato si no es de un personaje de reconocida superioridad moral. Este en Grecia era el atleta heroico; en Roma, el incorruptible magistrado. El detalle de que el oficio fuera de alta categoría, esto es, con derecho a silla curul, resabio del trono real, significaba que el personaje retratado no tenía limitaciones en sus prerrogativas; durante el tiempo que servía era un numen, algo más que un simple mortal, y, por tanto, no debía prohibírsele ser retratado.